ISSSTE en tu teléfono celular

La Crónica de Hoy | La nueva ley del ISSSTE se materializó con la ...

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Escrito por Administrator Miércoles, 31 de Agosto de 2011 00:13

Al encabezar la Sesión Ordinaria del Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, PensionISSSTE, el Director General del ISSSTE ...www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=602183

Leer más: Alertas de Google - Ley del Issste

 

Nueva Ley Del Issste Comentada Pdf | User Guide Manual Books

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Escrito por Administrator Martes, 30 de Agosto de 2011 05:26

NUEVA LEY DEL ISSSTE

La Primera Reforma del Sexenio El día de ayer el Senado de la República aprobó la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicio









Te presentamos ocho puntos clave de la nueva Ley para el sistema de pensiones  y ahorro de los trabajadores del Estado.

La tarde del martes 8 de diciembre, la Cámara de diputados aprobó el dictamen que modifica al Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (PensionISSSTE). Se propone la separación del Pensionissste de este Instituto, se crea una empresa paraestatal que operará como una Afore pública, e iniciará sus funciones el 1 de julio de 2016.

Los cambios que propone son principalmente ocho sobre la iniciativa de Ley del ISSSTE que aprobó el Congreso.

1. El presupuesto, bienes, derechos y obligaciones que hoy destina ISSSTE para la operación de pensiones serán el patrimonio de la nueva empresa.

Hacienda y Consar determinarán el monto de reservas que conformarán el capital de la nueva entidad. Hacienda también decidirá el destino de los recursos remanentes de las reservas.

2. El consejo de administración se integrará con 13 representantes; tres de Hacienda, uno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, tres trabajadores del Estado y seis consejeros independientes designados por el presidente. Éstos no serán considerados servidores públicos.

3. Los empleados de PENSIONISSSTE seguirán laborando en la nueva empresa sin modificar sus derechos laborales de ley.

4. La nueva entidad sustituiría todos los derechos y obligaciones del ISSSTE vinculados a pensiones.

5. El gobierno Federal no responderá por obligaciones a cargo de la nueva sociedad, ni de las minusvalías de las acciones de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORE) que opere. Estas sociedades no se considerarán entidades del Estado.

Sin embargo, los diputados aprobaron la reserva del PES. La modificación establece que “cuando se presenten minusvalías derivadas del incumplimiento al régimen de inversión autorizado por efectos distintos a los de la valuación o en caso de la falta de presentación de la solicitud a la que se refiere el primer párrafo del artículo 44 de la Ley de Sistemas de Ahorro para el Retiro” la nueva entidad las cubrirá con cargo a las reservas especiales , y en caso de que resulte insuficiente lo deberá hacer con cargo a su capital social.

6.La Secretaría de la Función Pública y el órgano interno no tendrán facultades en materia de control, revisión, verificación, comprobación, evaluación y vigilancia, propias de la Consar o de Banxico.

Se prevé un régimen especial de control y vigilancia pues la SPF y el consejo de administración sólo tendrán facultades sobre el presupuesto, responsabilidad hacendaria, contrataciones derivadas de aquisiciones, arrendamientos, servicios del sector y obras públicas.

7. La nueva empresa cobrará comisiones según la ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Además contempla reinvertir el remanente de operación en las cuentas individuales.

8. La nueva sociedad no recibirá recursos presupuestales, pues cubriría sus costos administrativos con las comisiones que se cobren por el manejo de cuentas individuales.

https://www.forbes.com.mx/8-claves-debes-conocer-la-ley-del-issste/

Aprueban reformas a Ley del ISSSTE en materia de pensiones

Diputados remiten el dictamen al Senado. Los cambios proponen separar Pensionissste de ISSSTE y crear una empresa que operará como Afore. Con los cambios, se separan el Pensionissste y del ISSSTE.

Para ello se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley del ISSSTE, por lo que modifica los artículos 5, 6, 19, 54, 76, 78, 79, 87, 91, 93, 95, 97, 98, 102 Bis, 103-113, 146, 192, 209, 214, 220 y los Transitorios Décimo Primero, Vigésimo Segundo y Cuadragésimo Séptimo de la Ley del ISSSTE.

La sesión de este martes se inició a las 11:47 horas, pero se alargó debido a que los diputados del PRD y de Morena trataron de que este dictamen no fuera aprobado y tomaron la tribuna, la cual fue desalojada luego de que se votó en lo general y se llegó al acuerdo de continuar con la sesión después de las 16:18 horas.

El debate comenzó con la presentación de 118 reservas, que en su mayoría fueron rechazadas.

Se avaló la reserva que presentó el diputado Abdies Pineda Morín, del Partido Encuentro Social (PES), la cual propuso modificar la fracción 2 del artículo segundo transitorio en materia de minusvalías, de los ahorros de los trabajadores del Estado, que en total representan 120 mil millones de pesos.

Dijo que la propuesta del PES tiene la intensión de disipar cualquier duda sobre la obligación del Estado a través de la nueva entidad paraestatal de responder por las minusvalías o pérdidas en los ahorros de los trabajadores que llegarán a presentar estos ahorros, cuya cuenta individual esté depositada en la nueva institución.

En el dictamen aprobado se acordó separar al Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado (Pensionissste) del ISSSTE, para convertirse en una empresa de participación estatal mayoritaria.

Dicha empresa tendrá por objeto la administración de los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores; se precisa que los bienes, derechos y obligaciones, así como el presupuesto del Pensionissste, se traspasarán a la nueva sociedad.

También se establece que las cuentas individuales de los trabajadores se abrirán únicamente mediante una administradora elegida a su elección, y se resalta que dicha empresa estatal contará con un Consejo de Administración.

Este consejo se integrará por cuatro representantes del gobierno federal; tres representantes nombrados por las organizaciones de trabajadores al servicio del Estado, y seis consejeros independientes designados por el Ejecutivo federal.

La funcionalidad del Pensionissste no dependerá del Presupuesto de Egresos, sino de su operación y recursos, y con esta reforma se crea una paraestatal que administrará sus recursos bajo condiciones similares a las Afores con las que compite, y se le otorga un estatus autónomo mediante la separación del Pensionissste y del ISSSTE.

Los servidores públicos adscritos al Pensionissste formarán parte de la fuerza laboral de la nueva sociedad, la cual se prevé tenga un régimen especial en materia de control interno y servicios personales.

Finalmente, cabe señalar que la creación de esta nueva entidad no generará un costo adicional, ya que los bienes, derechos y obligaciones, y el presupuesto de Pensionissste, se pasarán a la nueva sociedad, que iniciará funciones el 1 de julio de 2016.

 

Décimo Transitorio o Régimen anterior

¿Qué es?

Décimo Transitorio o Régimen anterior
Autor
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro
Fecha de publicación
31 de marzo de 2017
Esta modalidad les corresponde a aquellos trabajadores que eligieron mantenerse en el régimen modificado del ISSSTE y se encontraban activos a la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE 2007. Si es tu caso, la pensión se calcula de acuerdo al sueldo básico del último año inmediato a la fecha en la que te diste de baja como trabajador.

Bajo este esquema existen 3 modalidades por las que te puedes pensionar:

A) Pensión por jubilación
B) Pensión por edad y tiempo de servicio
C) Pensión por Cesantía en Edad Avanzada

¿Qué pasos debes seguir para realizar este retiro en cualquiera de sus 3 modalidades?:

  1. Acude al Departamento de Pensiones de la Delegación ISSSTE que te corresponda. Para mayor información marca a ISSSTETEL 54 48 89 03 / 01 800 710 46 66
  2. La Delegación del ISSSTE te proporcionará el Documento de Aceptación de Datos donde deberás verificar que tus datos están correctos y la Solicitud de Concesión de Pensión y firmar. En caso de que haya inconsistencias en tus datos deberás acudir a la Ventanilla de Afiliación y Vigencia del ISSSTE para actualizarlos.
  3. Después preséntate en la AFORE, quien te entregará el formato de Solicitud de Disposición de Recursos que deberás llenar y firmar, además de entregar los documentos antes mencionados junto con la Concesión de Pensión en original y copia.
  4. Una vez que la AFORE haya ingresado tu solicitud de retiro, los recursos se te entregarán en un plazo máximo de 30 días hábiles y serán:
  • SAR-ISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007)
  • SAR- FOVISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007 y si no hay crédito de vivienda vigente)
  • FOVISSSTE 2008 (Recursos acumulados de 2008 y si no hay crédito de vivienda vigente)

Si tuviste un crédito de vivienda y terminaste de pagarlo, podrás disponer de los recursos que se hayan seguido acumulando en la subcuenta de vivienda.

A) Pensión por jubilación

En esta modalidad se toman en cuenta dos factores: los años cotizados al ISSSTE y tu edad. (El importe de la pensión será el 100% del Sueldo Básico del último año anterior a la fecha de tu baja).

/cms/uploads/image/file/256182/pensio_jubila.jpg

¿Qué requisitos y documentos necesitas para realizar este retiro?

Requisitos:

  • Estar registrado en una AFORE para poder realizar el trámite de disposición de recursos
  • Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE).
  • Contar mínimo con 30 años de servicio para hombres y 28 años de servicio para mujeres. La edad irá aumentando cada año, revisa el siguiente cuadro:

/cms/uploads/image/file/256023/CUADRO1.jpg

Documentos

  • Identificación oficial (Original y copia)
  • Estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE)
  • Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)

B) Pensión por edad y tiempo de servicio

/cms/uploads/image/file/256192/pensio_edad.jpg

Esta modalidad toma en cuenta los años de servicio y la edad, la cual se incrementará de acuerdo a la siguiente tabla:

/cms/uploads/image/file/255955/Cuadros_Seccio_n_retiros_totales_ISSSTE-02.jpg

Los años de servicio determinarán el monto de tu pensión, la cual será equivalente a un porcentaje de tu Sueldo Básico del último año inmediato anterior a la fecha de tu baja, a diferencia de la Pensión por Jubilación y la Pensión por Cesantía en edad avanzada, en esta modalidad debes contar con un mínimo de 15 años de servicio. Revisa la siguiente tabla:

/cms/uploads/image/file/256024/a_trabajados.jpg

¿Qué requisitos y documentos necesitas para realizar este retiro?

Requisitos:

  • Estar registrado en una AFORE para poder realizar el trámite de disposición de recursos
  • Contar mínimo con 15 años de servicio
  • Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE)

Documentos

  • Identificación oficial (Original y copia)
  • Estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).
  • Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)

C) Pensión por Cesantía en Edad Avanzada

/cms/uploads/image/file/256204/pensio_cesan.jpg

En esta modalidad se toma como referencia la edad mínima en la que te retires, la cual se incrementará gradualmente como se indica en el siguiente cuadro:

/cms/uploads/image/file/255959/Cuadros_Seccio_n_retiros_totales_ISSSTE-05.jpg

A diferencia de la Pensión por Jubilación y la Pensión por edad y tiempo de servicio, en esta modalidad se requiere como mínimo 10 años de servicio y el monto de tu pensión será equivalente a un porcentaje del promedio de tu Sueldo Básico del último año inmediato anterior a la fecha de tu baja conforme al siguiente cuadro:

/cms/uploads/image/file/255958/Cuadros_Seccio_n_retiros_totales_ISSSTE-04.jpg

¿Qué requisitos y documentos necesitas para realizar este retiro?

Requisitos:

  • Estar registrado en una AFORE para poder realizar el trámite de disposición de recursos
  • Contar mínimo con 10 años de servicio
  • Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado (genéralo en tu AFORE)

Documentos

  • Identificación oficial (Original y copia)
  • Estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).
  • Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)

Negativa de Pensión

En caso de no cumplir con los requisitos para una pensión, el ISSSTE te dará una Negativa de Pensión con la que podrás recuperar la totalidad de recursos que se hayan acumulado en tu cuenta AFORE.

1. ¿Qué requisitos y documentos necesitas para realizar este retiro?

Requisitos:

Documentos:

  • Identificación oficial (original y copia)
  • Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)
  • Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
  • Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE).

2. ¿Qué pasos debes seguir para realizar este retiro?:

  1. Si acudes al ISSSTE a realizar tu trámite de pensión y éste te otorga una Negativa de Pensión por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de acuerdo al régimen pensionario que te corresponda, deberás acudir a tu AFORE con la Negativa de Pensión en original y copia y entregarla junto con la documentación antes mencionada.
  2. Llena y firma la Solicitud de Disposición de Recursos SAR ISSSTE que la AFORE te proporcionará.

3. ¿Qué recursos de la cuenta AFORE se entregan?

  • Retiro 2008
  • FOVISSSTE 2008
  • En caso de tener recursos de SAR ISSSTE 92 y SAR FOVISSSTE 92, estos se te entregarán hasta cumplir 65 años.
   

Bitácora STUNAM UNT REVISIÓN A LA LEY DEL ISSSTE Y RECHAZO A LA ...

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Escrito por Administrator Lunes, 29 de Agosto de 2011 21:15

En la reunión de la Unión Nacional de Trabajadores del 6 de julio se abordaron los temas de la nueva ley del ISSSTE el rechazo a la reforma a la ley laboral ...stunambitacora.blogspot.com/.../unt-revision-la-ley-del-issste-...

Leer más: Alertas de Google - Ley del Issste

   

Nuevaleydelissste | User Guide Manual Books

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Escrito por Administrator Lunes, 29 de Agosto de 2011 07:15

La Nueva Ley Del ISSSTE La Reforma Estructural Del Consenso Dominante ... PUBLICACIÓN Y VIGENCIA DE LA NUEVA LEY DEL ISSSTE El día sábado 31 de marzo de ...kompeni.net/guide-nuevaleydelissste

Leer más: Alertas de Google - Ley del Issste

   

Nueva Ley De Pensiones Boe | User Guide Manual Books

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Escrito por Administrator Viernes, 26 de Agosto de 2011 11:00

La nueva Ley del ISSSTE la reforma estructural del consenso dominante 1 Odilia Ulloa Padilla 2 Miguel Alonso Raya 3 CONSENSO DOMINANTE vs CONSENSO SOCIAL ...kompeni.net/guide-nueva-ley-de-pensiones-boe

Leer más: Alertas de Google - Ley del Issste

   

Crean frente contra la reforma laboral

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Escrito por Administrator Jueves, 25 de Agosto de 2011 07:16

Durante el primer encuentro entre las presidencias colegiadas de ambas centrales obreras se acordó elaborar un documento de estrategia política, que tendrá entre sus prioridades crear de manera conjunta una propuesta de modificación a la Ley del ISSSTE ...Leer todo el artículo »

Leer más: Alertas de Google - Ley del Issste

   

Ley Reforma De Las Pensiones Julio 2011 | User Guide Manual Books

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Escrito por Administrator Sábado, 20 de Agosto de 2011 21:24

1 REFORMA A LA LEY DEL ISSSTE RESUMEN DE ELEMENTOS PARA DISCUTIR 1 La reforma ... La Nueva Ley Del ISSSTE La Reforma Estructural Del Consenso Dominante ...kompeni.net/guide-ley-reforma-de-las-pensiones-julio-2011

Leer más: Alertas de Google - Ley del Issste

   

Página 455 de 475